Tiempo de subsanaciones para las peticiones de ayuda a los autónomos, comercios y empresas locales
• El 40 por ciento de las presentadas cumplían los requisitos
• Un 30 por ciento son subsanables
• Otro 30 por ciento no se podrán acoger a las ayudas
El pasado lunes, comparecía el delegado de Fomento Empresarial, Cristóbal Garre, para anunciar que, al día siguiente, se publicaría el listado provisional de admitidos, desestimados y pendientes de subsanación, de aquellos que, en su día, solicitaron la subvención dirigidas al apoyo y mantenimiento del sector empresarial del municipio tras loe efectos económicos del COVID-19.
El concejal precisó que, tras el proceso de validación de solicitudes efectuadas por los técnicos municipales, el 40 por ciento de las presentadas cumplían los requisitos, un 30 por ciento son subsanables y otro 30 por ciento no se podrán acoger a las ayudas. Muchos de estos últimos por mantener deudas con la Administración Pública.
Entre los conceptos subsanables, se encuentran hechos como no firmar el Anexo 1, no presentar la declaración responsable de haber tenido una minoración de ventas del 30 por ciento, la falta del DNI, CIF o en su defecto que se encontraran caducados, o la ausencia de la declaración censal. En cambio, no podrán optar a las ayudas las empresas que no estuvieran dadas de alta o constituidas a fecha del 14 de marzo de 2020, las que tengan el domicilio fiscal fuera del municipio o las que, en virtud de la normativa estatal, no estén al corriente con las administraciones en el momento de la solicitud.
Recordemos que existen dos líneas de ayudas, una para negocios con un máximo de 5 trabajadores (2.000 euros), y otra para empresas con entre 6 y 50 empleados (3.000 euros).
No obstante, según nos han transmitido a esta redacción varios empresarios, las jornadas de ayer y hoy han sido de cierta confusión, al no estar claro, como sí se prometió, el lugar donde finalmente han sido publicados los listados y, por otra parte, el código utilizado para describir, por parte del Ayuntamiento, los motivos de inadmisión provisional que, finalmente, hoy sí han aclarado. También nos ha comunicado alguno que, entre los documentos ahora requeridos, están algunos ya presentados con la solicitud inicial.
Desde estos enlaces pueden descargar el listado de solicitantes admitidos, desestimados y pendientes de subsanación. También pueden ver la relación completa, aunque sin el anexo con los códigos de los motivos de subsanación o inadmisión, aquí. Recuerden que este último trámite deben realizarlo entre hoy, y el miércoles 8 de junio.
Ampliación 09/06/2021:
El Ayuntamiento, a través de la delegación municipal de Fomento Económico, ha ampliado hasta el 14 de junio el plazo de subsanación y alegación de la convocatoria para las ayudas directas a pymes y autónomos. De esta forma, el concejal del ramo, Cristóbal Garre, ha señalado que “atendemos a las peticiones formuladas por las empresas debido a las incidencias que se han producido durante los últimos días en la sede electrónica”.
El edil ha recordado que el plazo expiraba el 8 de junio “pero se ha entendido necesario ampliarlo”. “Hasta el momento, el 95 por ciento de las empresas ya han adjuntado la documentación para subsanar las solicitudes".
- Etiquetas: admitidos, autonomos, ayudas, ayuntamiento, comercios, covid19, desestimados, economia, empresas, listado, pymes, san pedro alcantara, solicitantes, subsanaciones
Autor; Radio San Pedro Alcántara Categorías: Autónomos, Comercio, Ayudas, Empresas, Pymes, Economía
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